Nota Informativa NH Asesores: SICBIOS: Resolución cómputo combustibles líquidos y gaseosos renovables de origen no biológico.
De gran interés para todos los sujetos obligados a SICBIOS, el sistema de certificación de biocarburantes, se ha publicado la Resolución de la secretaría de estado de energía por la que se determinan los términos de remisión de información para el cómputo de los combustibles líquidos y gaseosos renovables de origen no biológico, a efectos del objetivo de venta o consumo de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.
Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, y esto aún no se ha producido.
Esta Resolución es una de las obligaciones pendientes de regulación derivadas de la normativa vigente de SICBIOS que entró en vigor en julio 2024, la Orden TED/728/2024, de 15 de julio, por la que se desarrolla el mecanismo de fomento de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte: regular las disposiciones necesarias para el cómputo de los combustibles renovables de origen no biológico, tanto para:
- las obligaciones de SICBIOS.
- como para la información vinculada a las garantías de origen del gas procedente de fuentes renovables relativa a los criterios de sostenibilidad y de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y los requisitos para la contabilización como renovable de la electricidad empleada en la producción de combustibles renovables de origen no biológico.
RESUMEN DE LO QUE SE REGULA:
1.- Información a remitir para el reconocimiento de productos energéticos a efectos del cumplimiento de los objetivos de venta o consumo de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.
1. La cantidad total de combustibles renovables de origen no biológico sobre la que cada sujeto obligado podrá solicitar la expedición de certificados provisionales o definitivos de biocarburantes y otros combustibles renovables será la suma de las cantidades vendidas o consumidas en territorio español sobre las que se haya asociado una garantía de origen de gases renovables redimida con uso final en transporte, siempre que cumplan los siguientes condicionantes:
- a. Acrediten el cumplimiento de lo establecido en el artículo 27, apartado 6 de la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre, en lo relativo a la contabilización como renovable de la electricidad producida para los combustibles líquidos y gaseosos renovables de origen no biológico, así como el cumplimiento de los actos delegados adoptados por la Comisión en desarrollo de dicho artículo;
- b. La reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de combustibles líquidos y gaseosos renovables de origen no biológico para el transporte será de un 70 % sobre el valor del combustible fósil de referencia de 94 g CO2 eq/MJ.
2. Se podrán contabilizar los combustibles renovables de origen no biológico si se han utilizado como producto intermedio para la producción de combustibles convencionales y cumplan los requisitos anteriores. (GRAN VENTAJA PARA LOS OPERADORES REFINEROS)
2.- Fecha a partir de la cual se podrá remitir la información para el reconocimiento de productos energéticos a efectos del cumplimiento de los objetivos de venta o consumo de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.
A partir del 15 de mayo de 2025, y una vez el Sistema de certificación de biocarburantes y otros de combustibles renovables (SICBIOS) se habilite para el reconocimiento de los certificados tipo E (CTE), los sujetos obligados a acreditar el cumplimiento de los objetivos de venta o consumo de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte podrán introducir la información relativa a las ventas o consumos de combustibles renovables de origen no biológico en territorio español que cumplan con los criterios previstos en el art. 12 apartado primero, de la Orden TED/728/2024.
Seguiremos informando de cuando se publica esto en el BOE y sobre todo, cuando el sistema SICBIOS permite incluir la información de los certificados tipo E...
“A vuestra disposición en Info@nh-asesores.com para ampliar la informacion o atender las consultas que se puedan plantear al respecto”.
FUENTE NH ASESORES
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